Ya sea por necesidad o por mera comodidad, todos los conductores en alguna ocasión hemos hecho y/o haremos uso de algún servicio de alquiler de vehículos, tanto dentro de nuestras fronteras como fuera de ellas. Los supuestos más comunes que se encuentran las empresas de alquiler de turismos o comerciales son: vacaciones, transportes y viajes de negocios.
El precio de los automóviles en los tiempos que corren puede resultar excesivo para una gran parte de la población, por no hablar de los costes que supone el mantener un vehículo, y es por ello que en los últimos años el alquiler de vehículos en todas sus modalidades ha experimentado un crecimiento muy elevado.
Sin embargo, además de repasar algunos consejos al alquilar un coche para no llevarnos sorpresas, existe un aspecto en el que mucha gente no cae cuando viaja al extranjero y, si no te das cuenta de ello a tiempo, puede causarte un grave contratiempo. Hablo del hecho de no poder alquilar un vehículo en la Unión Europea mientras te renuevan el carnet.
Y ojo, que hablo de alquiler porque normalmente no solemos tener un vehículo propio en otros países, aunque sí que podría darse el caso de que vayamos a visitar a un familiar o amigo que reside fuera de España y nos encontremos con que las autoridades de tráfico de dicho lugar no reconozcan como válido nuestro carnet de conducir provisional.
Pero, ¿por qué? Pues sencillamente porque los documentos provisionales que expide la DGT no son reconocidos ni por las empresas de alquiler ni por las autoridades de tráfico europeas. Vamos, que durante el período de tiempo -aproximadamente un mes- que la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) tarda en remitirte por correo el permiso de conducir renovado, no podrás alquilar vehículos ni circular por Europa. Bueno, o al menos no deberías.
Si bien es cierto que desde mayo de 2010 los propios centros médicos que hacen el reconocimiento cuentan con los impresos necesarios para renovar el permiso e incluso te expiden el documento provisional para poder circular durante tres meses, eso no evita que el plazo de la FNMT se mantenga inalterable, únicamente nos evita la molestia de desplazarnos hasta un Jefatura provincial de Tráfico.
Los Automovilistas Europeos Asociados (AEA) llevan un tiempo intentando encontrar una solución a este problema.
Parecía que todo había quedado solucionado con el Permiso Internacional de Conducir, el cual te expiden en el acto las Jefaturas provinciales de Tráfico, pero en marzo de 2011 apareció una nueva normativa que establecía que el permiso internacional debe ir acompañado del permiso de conducción español original, dado que el permiso provisional solo es válido en territorio nacional. Así que volvimos a las mismas.