No todo iban a ser malas noticias en el sector del automóvil en este inicio de año. Todos los productos, incluidos los automóviles, estrenan 2022 con un año más su garantía. La medida ha tardado en llegar, pero ya es una realidad que gusta entre los consumidores. A quien no le ha hecho tanta «gracia» es a los fabricantes y productores.
Durante el año adicional de garantía, la reparación recae en ellos. Y como no, esto podría acabar influyendo en los precios. Otra de las grandes novedades que trae consigo 2022 es la extensión de cinco a 10 años el tiempo que los fabricantes tienen la obligación de tener piezas de repuesto. El objetivo no es otro que impulsar un cambio en la políticas de consumo.
Mayor garantía en los coches nuevos y de ocasión
El pasado mes de abril de 2021 se aprobó el Real Decreto-Ley 7/2021, que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2022. La nueva normativa de consumo amplía los dos años de garantía legal a un total de tres años para los productos nuevos. Gracias a ello ahora España ofrece un año adicional de garantía respecto al mínimo requerido por la Unión Europea.
Además, cabe destacar que, el tiempo que nuestro coche se encuentre en el taller a consecuencia de un defecto de fabricación, será añadido al final del período de garantía. Esta medida se recoge en el apartado de los derechos del consumidor y usuario. En concreto, podemos acudir al artículo 120 para obtener toda la información referida a los cambios.
En los vehículos de segunda mano, el aumento de garantía conllevará una subida preventiva del precio. Esta se sumará a la mayor demanda del mercado de ocasión.
Tampoco están exentos de una mayor garantía los coches de ocasión. La Directiva Europea 2019/771 aumenta el período de garantía al comprar un coche de segunda mano a dos años (en lugar de uno). En este caso, es posible fijar la garantía en un solo año siempre que haya acuerdo por escrito en el contrato de compraventa.
No menos interesante es el hecho de que, durante este período de garantía, cualquier avería que surja se considera que ya existía en el momento de la compra. Es decir, es el vendedor quien debe hacerse cargo de la reparación. Otra opción es que abone al comprador cierta cantidad económica en concepto de “reducción proporcionada del precio”, salvo prueba en contrario.
Piezas de repuesto hasta 10 años
Otra de las medidas estrella de la nueva ley de consumo es la obligación para los fabricantes de disponer de las piezas de repuesto de los productos que ya no vendan durante al menos 10 años. Con ello se dobla el periodo respecto a los 5 años anteriores y se apuesta por una política que pretende reducir la obsolescencia programada y el consumismo facilitando la reparación.
Otros cambios interesantes
Tal y como recoge el artículo 120 de la nueva ley, en el caso de los productos digitales se aplica por primera vez una garantía. Tanto los contenidos como los servicios digitales deben ofrecer una garantía de dos años:
En el caso de contrato de compraventa de bienes o de suministro de contenidos o servicios digitales suministrados en un acto único o en una serie de actos individuales, el empresario será responsable de las faltas de conformidad que existan en el momento de la entrega o del suministro y se manifiesten en un plazo de tres años desde la entrega en el caso de bienes o de dos años en el caso de contenidos o servicios digitales, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 115 ter, apartado 2, letras a) y b).
Cambia también el plazo para elegir entre la reparación o sustitución del producto. Se amplía de tres a cinco años el plazo de no conformidad. Por otra parte, se pasa de seis meses a uno o dos años -en función del producto- el plazo de conformidad con el producto comprado.