Un proceso como dar de baja un vehículo lleva implícito una serie de procedimientos y documentación que, en ocasiones, nos puede parecer interminable. Las ventajas de ello pueden ser importantes y debemos tenerlas en cuenta si vamos a dejar de usar nuestro coche por un tiempo prolongado, así como si nos trasladamos a otro país o queremos deshacernos de él en un desguace autorizado. Las posibilidades son amplias y debemos conocer a la perfección los pasos a realizar si no queremos llevarnos ningún susto a lo largo del proceso.
En primer lugar, lo que debemos hacer es diferenciar entre los dos tipos de bajas que podemos aplicar a nuestro vehículo.
Baja Definitiva
Esta modalidad de baja se plantea cuando la vida útil de nuestro vehículo ha llegado a su fin y queramos llevarlo a un Centro de Tratamiento (desguace autorizado) o, por otro lado, queramos exportarlo a otro país para su traslado. En este caso, no olvides solicitar la parte proporcional del Impuesto de Circulación que no has disfrutado al Ayuntamiento correspondiente.
Centro de tratamiento (Desguace Autorizado)
En el caso en el que queramos desprendernos de nuestro vehículo por una avería grave o simplemente porque ya no vayamos a hacer uso de él, esta es una de las opciones a tener en cuenta. En función del vehículo la tramitación cambiará, diferenciando entre turismos y furgonetas de hasta 3.500 kilogramos y el resto de vehículos.
Turismos y furgonetas hasta 3.500 kilos
La baja se tramitará por el propio Centro Autorizado de Tratamiento habiendo hecho entrega previa del vehículo. La tramitación se llevará a cabo siguiendo estos pasos:
- Entrega al Centro del vehículo junto con toda la documentación del mismo (permiso de circulación y tarjeta de inspección técnica).
- Firmar la solicitud de baja que te entregará el mismo centro.
Por parte del mismo Centro de Tratamiento deberás recibir una serie de documentos que acrediten que se ha llevado a cabo la baja definitiva:
- El certificado de destrucción del vehículo.
- El justificante de la baja definitiva de la Dirección General de Tráfico indicativo de que el vehículo ha sido dado de baja en el Registro. Este documento te servirá para acreditar ante cualquier Administración que tu vehículo ha causado baja en Tráfico.
¡Ojo! Abandonar un vehículo en la vía pública sin darlo de baja conlleva una multa de entre 600 y 30.051 euros, cifra que puede aumentar hasta los 600.000 euros si los residuos del vehículo han provocado daños ambientales.
El resto de vehículos
Si nuestro vehículo no está enmarcado en la categoría anterior deberemos atender a un proceso diferente. Una de las principales diferencias radica en que, en este caso, no es obligatorio llevar el vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento. Pero si lo haces te ahorraras el pago de tasas extra y no abonarás ninguna. En el caso de optar por no llevarlo personalmente a un Centro Autorizado, debes dar la baja definitiva del vehículo en la Jefatura de Tráfico, teniendo que aportar para ello una serie de documentos:
- Solicitud debidamente rellenada.
- Documentación del vehículo (Permiso de circulación y tarjeta de inspección técnica)
- Tasa de baja (salvo que el vehículo tenga más de 15 años). Esta deberá abonarse en la caja de la Jefatura de Tráfico.
Por traslado del vehículo a otro país (Exportación)
En el caso de que vayamos a trasladarnos al extranjero y queramos llevar con nosotros nuestro coche deberemos pedir la baja definitiva por traslado del vehículo a otro país. El titular deberá solicitar la baja en la Jefatura de Tráfico (o a través de un Gestor Administrativo) y esta, a su vez, cursará la baja en el Registro Español de Vehículos. Para ello deberemos aportar:
- La solicitud debidamente rellenada
- Documentación del vehículo (permiso de circulación e inspección técnica)
- Tasa de baja
- Documentación fiscal correspondiente
Baja Temporal
La baja temporal nos puede hacer ahorrarnos una importante suma de dinero en caso de que vayamos a dejar de usar nuestro vehículo por un periodo prolongado de tiempo, desde el pago de seguro, combustible o mantenimiento hasta los impuestos que impone Tráfico sobre cada coche que está en circulación por nuestras carreteras. Las razones por las que eliges darlo de baja pueden ser múltiples, desde una avería especialmente costosa que no nos va a permitir circular en mucho tiempo hasta su arreglo o, quizás, porque simplemente sea un clásico que queremos exponer a modo de joya en nuestro garaje sin mostrárselo al mundo exterior.
El motivo para dar de baja temporal nuestro coche puede ser también el cambio de titularidad del vehículo, la sustracción del mismo o simplemente por motivos personales, pero en cualquier caso es una buena forma de ahorrar una importante suma de dinero, como te comentaba.
Para llevar a cabo la baja temporal de nuestro vehículo deberemos seguir varios pasos y presentar la documentación necesaria:
- En primer lugar rellenar la solicitud en un impreso oficial
- Pagar una tasa de 8,00 euros, a excepción de aquellos que estén dando la baja temporal por sustracción del vehículo. En este caso, además, deberemos presentar la denuncia por robo del mismo.
- Deberemos identificarnos dependiendo de si somos:
- Persona física: Tendremos que presentar el documento oficial que acredite nuestra identidad (DNI) y domicilio del titular, así como el permiso de conducir, y si fuera el caso además la tarjeta de residencia, el pasaporte y el número de identificación de extranjeros (NIE).
- Persona jurídica: Tarjeta de Identificación Fiscal de la sociedad o CIF y acreditar la representación e identidad del que la firme.
- Menores o incapacitados: Datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI así como documento que acredite el concepto por el que actúen.
- La documentación del vehículo: Permiso de circulación y tarjeta ITV.
- En caso de que el vehículo esté precintado deberemos cancelarlo previamente.
- Si se trata de un vehículo agrícola deberemos aportar un documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de la Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma en la que nos encontremos.
¿Cómo puedo volver a circular con un vehículo que ha sido dado de baja temporal?
No hay un plazo máximo predeterminado para dejar un vehículo en estado de baja temporal, pero si algo está claro es que durante este periodo no podremos circular por ninguna vía pública así como terrenos privados que pueda emplear cualquiera para circular. Aunque sea un simple aparcamiento de un supermercado, si la policía nos para la multa puede ascender hasta los 500 euros (250 euros con reducción del 50% por abonarla dentro del plazo) sin conllevar perdida de puntos y aplicándose la Ley de Seguridad Vial (LSV) 067 4 Gravedad 065.
Para poder volver a circular con nuestro vehículo por la vía pública deberemos llevar a cabo los siguientes pasos:
- En la Jefatura de Tráfico deberemos presentar una solicitud de cuestiones varias explicando el caso.
- Abonar 8,00 euros de tasa, a no ser que el vehículo hubiera sido sustraído.
- Acreditar que está al corriente la ITV. En el caso de que durante su baja temporal esta haya caducado deberemos tener en cuenta que habrá que pasarla sin circular por la vía pública, y por lo tanto habrá que usar una grúa para su traslado.
- Si se trata de un vehículo agrícola aportaremos el alta en el Registro de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma que nos corresponda, y en el caso de autobuses o vehículos destinados al transporte de mercancías con MMA superior a 6 toneladas y carga superior a 3,5 toneladas habrá que aportar un título habilitan para realizar transportes o la acreditación de que cumplimos todas las condiciones para la función que realiza dicho vehículo.
Tras llevar a cabo estos pasos deberemos reactivar nuestro seguro para poder circular por las calles de nuevo con nuestro vehículo ¡Y a disfrutar de nuevo de nuestro coche!
Alvaro Barrios Rodriguez