La nueva Ley de Tráfico se publicó en diciembre de 2021 en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Debido a ello, el grueso de medidas recogidas en la Ley 18/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, han entrado en vigor el lunes 21 de marzo de 2022.
El Congreso de los Diputados aprobó el 2 de diciembre un paquete de reformas legales que, en su conjunto, modifican de manera sustancial la legislación en materia de tráfico y circulación. Uno de los aspectos más polémicos es el aumento de los puntos a detraer por aquellos comportamientos que generan mayor riesgo para la conducción.
Como sabrás, una de las medidas más polémicas es la supresión de la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos. Un absurdo si tenemos en cuenta que supone triplicar el tiempo para hacer la maniobra, y más del doble de distancia que recorrer en el carril contrario.
Ahora los conductores adelantaremos mirando el velocímetro ante el miedo de engordar, todavía más, las arcas del Estado. Lo que probablemente no verás nunca son los datos científicos que relacionan el margen de 20 km/h para adelantar con la proporción de choques frontales. Es más, en muchos casos ni se investigan las causas.
📢 La nueva #LeySeguridadVial aprobada en @Congreso_Es apuesta por la nueva movilidad, por más formación y, en definitiva, por más seguridad vial. Entrará en vigor 3 meses después de su publicación.Te contamos las principales novedades en este hilo🧵.#MásSeguridad pic.twitter.com/4HX2DhWjoG
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) December 2, 2021
Qué normas ya estaban en vigor
Si bien la mayoría de las medidas han entrado en vigor en marzo de 2021, algunas de ellas lo hicieron con la publicación. Es el caso de varias infracciones leves que aparecen en el nuevo texto. Se sancionan con una multa de hasta 100 euros sin pérdida de puntos. Como es habitual, pueden reducirse a la mitad por pronto pago.
Más concretamente, en el Artículo 75 de la nueva Ley se suman los siguientes puntos:
- b) bis. El impago de peaje, tasa o precio público, cuando estos fueran exigibles.
- b) ter. Incumplir la obligación de los conductores de estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo. Esto supone una mayor atención por parte de los agentes a ciertas conductas al volante susceptibles de ser multadas.
- c) Incumplir las normas contenidas en esta Ley que no se califiquen expresamente como infracciones graves o muy graves en los artículos siguientes, especialmente en el caso de los conductores de bicicletas siempre que no comprometan la seguridad de los usuarios de la vía.
Medidas de la nueva Ley de Tráfico
El objetivo de las nuevas medidas es fomentar los comportamientos seguros al volante. Para ello, se incluye entre sus principales medidas:
- Aumenta de tres a seis los puntos a detraer por conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil. Se mantiene la sanción de 200 euros.
- Eleva de tres a cuatro los puntos que se detraen por no utilizar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco y otros elementos de protección. Además, incorpora explícitamente como causa de sanción el mal uso de estos elementos. Se mantiene la sanción de 200 euros.
- Se incrementa la seguridad de los ciclistas. En vías con más de un carril por sentido, es obligatorio cambiar de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Además, se aumentan de cuatro a seis los puntos a detraer cuando se adelanta poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 metros. Sí se mantiene la cuantía de 200 euros. También se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas.
- Aumenta de cuatro a seis los puntos a detraer por arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios.
- Se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos (modificación del Artículo 51 del Reglamento General de Circulación y Vehículos).
- Los conductores menores de edad de cualquier vehículo (ciclomotores, permiso AM, motos hasta 125 cc, bicicletas y vehículos de movilidad personal) no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0, tanto en sangre como en aire espirado.
- Introduce la posibilidad de recuperar 2 puntos del carné por la realización de los cursos de conducción segura certificados por la Dirección General de Tráfico.
- La reforma unifica en dos años el plazo que habrá de transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de puntos. El periodo antes variaba en función de la gravedad de la infracción cometida.
- El alcoholímetro antiarranque (Alcoholock) será obligatorio para los vehículos de transporte de viajeros por carretera que se matriculen a partir del 6 de julio de 2022.
Medidas adicionales
Junto a las principales novedades señaladas, la Ley también recoge:
- Se autoriza la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de los conductores de moto y ciclomotor. Los fines son la comunicación o navegación. No pueden afectar a la seguridad en el conducción.
- Restricciones en Zonas de Bajas Emisiones. Se introduce una nueva infracción grave por no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de las bajas emisiones. La cuantía de la sanción es de 200 euros.
- Por primera vez se recoge en la legislación española referencia al vehículo automatizado (conducción autónoma), en varios artículos de la Ley de Tráfico.
- Incluye una nueva infracción muy grave, cometer fraude en los exámenes de conducir utilizando dispositivos de intercomunicación no autorizados. La sanción será de 500 euros y penalización de 6 meses sin poder presentarse al examen.