Durante los tres últimos días desde que se decretó el estado de alarma han surgido dudas que han sido ambiguamente respondidas por las administraciones y aunque poco a poco van respondiéndose, todavía son muchos los que preguntan por sus casos concretos.
Ayer os comentamos que si tenías programado pasar la ITV durante el estado de Alarma o la ITV de tu coche caducaba durante el estado de alarma, no tenías motivo por el que preocuparte y es que la administración suspendía los plazos para las inspecciones de ITV que por cierto solicitan el cierre inmediato en muchas de las comunidades en las que todavía permanecen abiertas -solicitan su cierre por no ser servicio esencial-.
Hoy vamos a cambiar de tercio y a responder a otra de esas preguntas que nos estamos haciendo estos días. ¿Qué hago si resulta que el carnet de conducir o el DNI caducan o deben renovarse durante el periodo que dure el estado de alarma?.
Ante la situación de estado de alarma, la DGT en coordinación con el Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana han informado que se suspende temporalmente el servicio presencial para la realización de trámites en Jefaturas de Tráfico, cancelándose además las citas que estuvieran previamente asignadas.
Aunque muchas de las gestiones pueden hacerse online, en el caso del carnet de conducir y el DNI, esto no es así y debe de hacerse presencial.
El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo de 2020, establece en su punto 1 que se suspenden los plazos de tramitación de procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.
Por este motivo y porque las Jefaturas y los centros de reconocimientos médicos han cerrados sus accesos al público se ha establecido lo siguiente:
Permiso o carnet de conducir: se paralizan los plazos de caducidad de los permisos de conducir y los agentes no van a sancionar durante este período a los conductores que se les caduque el carnet de conducir. Ojo, esto solo es aplicable a las personas a las que le caduque el documento durante el estado de alarma o hayan solicitado cita previa para la renovación en este periodo, por lo que si llevas ya meses con el documento caducado, has de saber que sí que te pueden multar.
DNI: desde el Ministerio del interior nos han confirmado que la caducidad de los documentos que estaban pendientes de renovación o iban a caducar durante el periodo del estado de alarma deben estar tranquilos porque su caducidad se prorrogará durante un año.