Hoy en día estamos asistiendo a una auténtica revolución de la movilidad en las grandes ciudades, un movimiento ecológico y sostenible que se inició con la llegada de los carsharing de la mano de empresas como Car2Go, ZITY, Emov o WiBLE. Poco después fue el turno de las motos eléctricas con eCooltra, Muving, Movo y COUP, hasta que finalmente llegaron los polémicos patinetes eléctricos.
Los patinetes han invadido ciudades como Madrid, Barcelona o Valencia con la llegada de Lime, Voi o WIND, lo que ha provocado una gran confusión, tanto a nivel de los usuarios como de las administraciones. El principal problema de los patinetes eléctricos es que hasta este momento no estaban sujetos a ningún tipo de normativa, ya que según la Dirección General de Tráfico un patinete es un Vehículo de Movilidad Personal (VMP).
En este nuevo escenario las ciudades españolas se han visto sorprendidas por una gran afluencia de usuarios que han optado por esta forma de transporte alternativa, todo esto sumado a la falta de regulación y desconocimiento por parte de las diferentes administraciones y ayuntamientos. El resultado es un enorme caos circulatorio y legal, así que vamos a intentar explicaros con la mayor sencillez y precisión todo lo que tienes que saber sobre los patinetes eléctricos.
¿Qué es un VMP?
Según la DGT, los vehículos de movilidad personal pueden definirse como «vehículos capaces de asistir al ser humano en su desplazamiento personal y que por su construcción, pueden exceder las características de los ciclos y estar dotados de motor eléctrico«. A esto añade que, «los Ayuntamientos establecerán limitaciones a la circulación en las vías urbanas, dependiendo, de la velocidad máxima por construcción, masa, capacidad, servicio u otros criterios que se consideren relevantes«.
El principal problema que ha surgido en las ciudades tiene como origen la falta de normativa dado el vacío legal en el que se encuentran, así los usuarios no saben si pueden circular por la acera o deberían hacerlo por la calzada con el resto de vehículos a motor. Además, otra de las grandes problemáticas asociadas a esta forma de transporte es su aparcamiento, saturando las aceras y dificultando el paso al resto de peatones o personas de movilidad reducida.
La velocidad de estos patinetes puede rondar entre los 20/30 km/h, por lo que su circulación por las aceras supone un problema para los peatones, y por ello, en ciudades como Barcelona ya han prohibido su uso en aceras. El Ayuntamiento de Madrid por su parte, se ha visto sobrepasado ante las numerosas empresas que se han establecido en poco tiempo en la capital, y ahora acaban de publicar una nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible que entró en vigor el pasado 23 de octubre.
Poco a poco los ayuntamientos comienzan a regular su uso, aunque es algo complejo al no estar catalogados como vehículos de motor. Esto significa que para su conducción no hace falta ningún tipo de licencia o carnet, así como tampoco existe una edad mínima de uso, algo que sí ha quedado regulado por el Ayuntamiento de Madrid. Asimismo, tampoco es necesario tener un seguro, por lo que en caso de accidente toda la responsabilidad será nuestra.
El Ayuntamiento de Madrid acaba de aprobar un nuevo plan de movilidad, que tiene como principal objetivo regular el uso de los patinetes eléctricos y mejorar así su convivencia con el resto de formas de transporte. Por otro lado, desde el mismo Consistorio se está frenando la llegada de nuevas start-ups, que tan solo podrán comenzar a operar con un máximo de 20 patinetes en las calles. Para empezar, vamos a tratar de desglosar y entender mejor la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible.
La nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible y los patinetes eléctricos
En un inicio todo parecía indicar que este nuevo plan de movilidad iba a ser bastante estricto, relegando el uso de los patinetes eléctricos a una serie de zonas muy concretas de la ciudad, sin embargo, en una reforma de última hora esta situación se ha modificado significativamente. Este nuevo texto, que sustituye al del año 2005 tiene como medida principal la reducción a 30 km/h de numerosas calles de la capital con un carril por sentido o un solo carril.
Los patinetes eléctricos podrán circular por ciclocalles, carriles bici, pistas bici, por la calzada de calles integradas dentro de zonas a 30 km/h y por las calles en las que en todos sus carriles la velocidad máxima de circulación sea igual o inferior a 30 km/h, siempre y cuando que la anchura del vehículo lo permita en condiciones de seguridad. De esta forma, los VMP pueden seguir circulando con bastante libertad por la ciudad, más de la que se pensaba en un inicio.
Los patinetes eléctricos podrán circular por calzadas limitadas a 30 kilómetros por hora, así como ciclocalles, carriles bici, pistas bici o carriles donde la velocidad máxima sea igual o inferior a 30 km/h.
Por el lado contrario, quedará totalmente prohibido su uso en calzadas con velocidad superior a 30 km/h, ciclocarriles, aceras, espacios reservados para peatones, carriles bus, y accesos o tramos no semaforizados de la M-30. Para poder circular por la calzada, deberán estar equipados con timbre, sistemas de frenado, luces y elementos reflectantes debidamente homologados. Por último, y para proteger a los peatones, no podrán circular por las aceras, salvo “aceras-bici” y a velocidad reducida.
Pero para complicar un poco más la cosa, debemos distinguir entre los diferentes tipos de vehículos clasificados por la DGT, ya que el nuevo plan de movilidad del Ayuntamiento de Madrid establece una normativa específica para cada uno de ellos. Todos los vehículos de movilidad urbana (VMU) deberán cumplir los requisitos que acabamos de explicar más arriba, mientras que en otros casos más concretos, dependiendo si se trata del tipo A, B o C tendrán una serie de obligaciones o restricciones diferentes.
En ningún caso los VMU podrán circular por aceras ni espacios reservados a los peatones, por carriles bus, ni por accesos y tramos no semaforizados de la M-30.
Por ejemplo, los VMU del tipo A y B también podrán circular por aceras bici y sendas bici, siempre y cuando lo hagan a velocidad moderada y respetando la prioridad de paso de los peatones en los cruces señalizados. También es muy importante saber que, en los parques podrán transitar por los itinerarios en los que estén autorizadas las bicicletas y en sendas compartidas con peatones a una velocidad máxima de 5 kilómetros por hora.
En un futuro, los de tipo B podrían tener la posibilidad de circular por las vías ciclistas acondicionadas de la tipología ciclocarril, pero en este caso sería obligatorio el uso de casco debidamente homologado. Otro de aspectos que antes no estaban regulados es la edad, por eso, ahora el Ayuntamiento de Madrid ha establecido una edad mínima de 15 años. Mientras que los menores de 16 años, usuarios de vehículos A y B deberán llevar casco.
Otra de las preguntas que probablemente te estarás haciendo es si habrá algún tipo de regulación en relación al consumo de alcohol y drogas. La nueva ordenanza es bien clara, prohibiendo la circulación con estos vehículos cuando se supere la tasa de alcohol establecida en la normativa general de tráfico o cuando se hayan consumido drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas. Tampoco podrás utilizar auriculares, salvo que el casco tenga un dispositivo de comunicación homologado.
Lime, Voi y WIND ¿Cuál es la mejor?
Actualmente en la capital española existen 3 compañías de alquiler de patinetes eléctricos –Lime, Voi y WIND– aunque en poco tiempo llegarán muchas más. Su funcionamiento es bastante sencillo, de hecho todas tienen una interfaz bastante similar que se lo pone muy fácil al usuario, aunque primero tendremos que descargar la app, rellenar nuestros datos del perfil y establecer una forma de pago.
Todas tienen el mismo precio con una tarifa de 15 céntimos por minuto, pero ojo, porque la subida de bandera es de un euro, por lo que en un trayecto demasiado corto quizás merezca la pena ir andando. Después de probar Lime por primera vez descubrí un cobro de 4,39 euros (5 dólares) al inicio del trayecto, una cantidad se restará a tu viaje al final del trayecto y será reembolsada en menos de dos días laborables.
En definitiva, todas las aplicaciones funcionan con una sistemática muy parecida, además, tienen el mismo precio y los patinetes ofrecen unas especificaciones y prestaciones similares. A la hora de hablar de responsabilidades, debes tener en cuenta que todas las aplicaciones se limpian las manos, te toca correr a ti con todos los gastos de cara a la empresa o a terceros. La letra pequeña puede variar, pero todas coinciden en algo, el ‘rider‘ es el único responsable en todo momento.
Una vez llegados a este punto, es hora de reflexionar sobre nuestras necesidades de movilidad, si quieres renunciar al vehículo privado y moverte por la ciudad de forma sostenible, quizás la opción más segura sea el carsharing. Los patinetes eléctricos son una buena solución en distancias cortas y calzadas habilitadas para su uso en el centro de las ciudades, sin embargo, la regulación sigue siendo demasiado confusa y restrictiva.
¿Y tú?¿Cómo prefieres moverte por la ciudad?