Tal y como os recordamos todos los años, uno de los análisis anuales más esperados es el de las víctimas mortales de accidentes de tráfico, especialmente cuando se alcanzan mínimos históricos como ha ocurrido en 2019. A pesar de que en 2019 aumentaron un 2,5% los desplazamientos, un 2,2% el parque de vehículos y un 1,3% el censo de conductores, durante ese año perdieron la vida 1.098 personas.
Cabe destacar que esta cifra es provisional y hace referencia a los accidentes mortales ocurridos en vías interurbanas y víctimas registradas hasta las 24 horas posteriores a producirse el accidente por lo que si falleces en un accidente urbano y no lo haces en el acto -sino que tienes la mala pata de hacerlo 48h después-, no aparecerás en las cifras de Tráfico que como puedes ver, son una maniobra de marketing político, gobierne el partido que gobierne.
A pesar de esto, desde la Dirección General de Tráfico quieren seguir reduciendo las víctimas, un objetivo que quieren alcanzar con una nueva medida que si os soy sincero, me ha parecido muy correcta pero también, compleja de aplicar y vigilar -ya sabéis, más radares en zonas urbanas-.
Hoy, en un escueto comunicado, la Dirección General de Tráfico ha anunciado que el director General de Tráfico, Pere Navarro, en representación del Ministerio del Interior de España estará presente en la III Conferencia Mundial para la Seguridad Vial “ Alcanzando los objetivos globales 2030” que se celebra en la ciudad sueca de Estocolmo -que se celebra entre hoy y mañana-.
En este mismo comunicado, la Dirección General de Tráfico ha confirmado que Pere Navarro anunciará que el Gobierno de España va a aprobar en un futuro muy cercano una normativa por la cual en las ciudades, las calles de un único carril de circulación, la velocidad máxima permitida será de 30km/h.
Como ya sabrás, hace poco más de un año entró en vigor la reforma del artículo 48 del Reglamente General de Circulación por la cual se establecía que la velocidad máxima de las carreteras con calzada de más de 7 metros de anchura pasaría a ser de un máximo de 90 km/h.
Esa modificación suponía la desaparición de los diferentes límites de velocidad genéricos establecidos (90 y 100 km/h para turismos y motocicletas, en función de si la vía disponía o no de metro y medio de arcén practicable) reduciéndolo a una limitación general de 90 km/h.
La modificación del artículo también permitía reducir la diferencia de velocidad entre vehículos de transporte de viajeros y mercancías respecto de los turismos.
Ahora, con el objetivo de que puedan convivir los distintos medios de desplazamiento que están surgiendo en las urbes y que en caso de producirse un accidente el resultado no sea de fallecidos ni de heridos graves, la normativa establecerá que en las zonas urbanas, las calles de un único carril de circulación tendrán una velocidad máxima de 30 km/h.
Probablemente, esta actualización del código de circulación permitirá reforzar algunas ordenanzas y reglamentos municipales que ya habían adoptado esta limitación. La DGT no ha indicado cuándo se aprobará esta modificación de la normativa pero entendemos que podría efectuarse antes de este mismo verano.