Seguramente en los últimos meses te ha llegado a casa una carta de la DGT en la que te incluían un distintivo ambiental que a pesar de no estar obligado a colocarlo, era recomendable. Hasta la fecha y tal y como os venía diciendo, su colocación era voluntaria eso sí, hasta hoy mismo, donde el Ayuntamiento de Madrid ha tomado la determinación de dar un plazo máximo de 6 meses para llevar visible el distintivo ambiental en el parabrisas del coche siempre y cuando tengas pensado rodar por el término municipal madrileño.
Desde la entrada en vigor de la Ordenanza de Movilidad Sostenible aprobada este viernes 5 de octubre en el Pleno del Ayuntamiento de Madrid, los conductores que deseen circular por la capital deberá llevar visible el distintivo de clasificación ambiental de la DGT.
Si todavía no sabes qué etiqueta ambiental lleva tu coche deberás consultar la clasificación ambiental de los vehículos en la web de la DGT y solicitar la pegatina o bien en las oficinas de Correos -puedes consultar las oficinas de correos en las que emiten el distintivo ambiental aquí -, en algunos talleres que se han adherido a la red de suministradores de etiquetas -puedes consultarlos aquí – o también podemos hacernos con el distintivo ambiental a través de un Gestor administrativo.
Las personas que carezcan de etiqueta y cuyo vehículo sea B, C, ECO o CERO pueden adquirirlas en las oficinas de Correos, presentando el permiso de circulación del vehículo, el DNI del propietario del vehículo y el pago de cinco eros en concepto de tasa
Esta nueva obligación para los conductores se debe a que el próximo 8 de Octubre Madrid va a poner en marcha el nuevo Protocolo por alta contaminación. Según el Ayuntamiento madrileño, estas iniciativas están pensadas para mejorar la calidad del aire y se basan en el sistema de distintivos ambientales en vigor recogidos en el Plan nacional de Calidad del Aire y protección de la atmósfera 2013-2016.
Tal y como ya te explicamos, esta clasificación divide a los vehículos en cinco categorías: los más viejos y contaminantes (los anteriores al año 2000 en el caso de los gasolina y de 2006 en los diésel), que no tienen distintivo, y las cuatro categorías restantes: B, C, ECO y CERO, que sí disponen de etiqueta.
Con estos distintivos el parque automovilístico podrá ser discriminado positivamente.
Las motocicletas también están sujetas a esta clasificación ambiental. En este caso, las que no tienen derecho a distintivo son aquellas anteriores al año 2000.
Por ahora, la colocación de los distintivos es voluntaria, pero se recomienda que se adhieran en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero, si se dispone de él, o en su defecto, en cualquier sitio visible del vehículo.