Un vehículo privado es un medio de transporte que, al viajar a alta velocidad junto con otros vehículos al mismo tiempo y depender del control humano, está más expuesto a un accidente en comparación con otros medios de transporte. Ninguno estamos exentos de tener un accidente, ya sea por nuestra propia culpa, por la de otro, por las condiciones de la vía o por las condiciones meteorológicas.
Normalmente, la aseguradora con la que tengamos contratado el seguro de nuestro vehículo cubrirá los costes derivados de un siniestro (aunque hay algunas excepciones que podéis leer en el enlace), o si es otro vehículo el que accidenta al nuestro, su aseguradora, pero, ¿qué ocurre cuando tenemos un accidente y el otro conductor se da a la fuga?
Provocar un accidente y huir es un acto bastante rastrero que denota poco aprecio por la vida humana y/o las cosas de los demás, pero más allá de las cuestiones morales de este acto, ahora es un delito grave tipificado en el Código Penal. Vamos a analizar qué opciones tienes cuando un conductor provoca un siniestro en el que te ves involucrado y, posteriormente, se da a la fuga.
Algunas cuestiones previas
Antes de analizar las medidas que podemos tomar contra un conductor que ha huido tras provocar un accidente de tráfico, vamos a repasar qué es lo que debemos hacer si nos resulta posible. Lo primero es intentar evitar que la otra persona se de a la fuga actuando con rapidez y sin dejar que el conductor escape en la confusión del siniestro.
O al menos, tratar de fotografiar algunos datos del otro vehículo como la marca, el modelo, el color, la matrícula… Si no te resulta posible, al menos intenta mermorizarlos. Por otra parte y, aunque hayas podido recopilar toda una serie de pruebas del siniestro, preocúpate de encontrar testigos presenciales del accidente.
A pesar del esfuerzo que llevan a cabo los peritos del seguro, siempre es más fácil contar con el apoyo de gente que ha visto lo ocurrido (en más de un 80% de accidentes con fuga el denunciante cuenta con testigos del accidente), lo que además facilitará la labor de búsqueda de la policía.
Piensa que no hablamos solo de un siniestro en la carretera, también puede darse el caso de que un vehículo golpee a otro en la calle o en un aparcamiento. En cualquiera de los casos, trata de buscar pruebas que refuercen tu testimonio, tales como algún vecino que haya oído el golpe desde su casa, la cámara de algún cajero cercano o incluso de tráfico, la cámara del aparcamiento o el propio guardia de seguridad pueden ser algunos de tus «salvadores».
Lo siguiente que debes hacer es, sin tocar ni mover nada, llamar a las autoridades, las cuales acudirán al lugar del siniestro, levantarán un parte de accidentes y abrirán una investigación para intentar de localizar al conductor fugado, de ahí la importancia de lo que hemos expuesto anteriormente y, sobre todo, de no tocar nada.
Hecho esto, contacta con tu aseguradora y exponle la situación, consulta las condiciones de tu póliza y solicita asistencia legal.
En última instancia, tengas lesiones o no, acude a un servicio de urgencias o a un centro sanitario en un plazo máximo de 72 horas desde que tuvo lugar el siniestro, ya que si posteriormente surge cualquier problema de salud será muy difícil demostrar que las lesiones han sido provocadas a consecuencia del siniestro.
Llega el momento de denunciar
El hecho de que el conductor del vehículo que ha provocado el accidente de tráfico se de a la fuga no debe suponernos en ningún caso un obstáculo para denunciarle, independientemente de que tengamos o no la matrícula de su vehículo y otros datos para poder llevar a cabo las diligencias de averiguación oportunas.
Las denuncias a conductores fugados no revisten mayor problema si reclamamos a través de un despacho de abogados especializado. El problema es contra quién se reclama y si es posible hacerlo sin pruebas suficientes (por eso es tan importante contar con asesoramiento y asistencia legal), pudiendo encontrarnos ante dos tipos de situaciones:
El Consorcio de Compensación de Seguros
Es a quien debemos dirigirnos en el supuesto de no localizar al vehículo contrario. En estos caso, quien paga la indemnización por lesiones es el propio Consorcio de Compensación de Seguros, aunque quedan exentos todos los daños materiales.
Lo más recomendable para reclamar ante el Consorcio es hacerlo a través de la propia compañía aseguradora o de un abogado especializado, sin perjuicio de que puedas hacerlo por cuenta propia, claro está. Lo malo es que el Consorcio es muy exigente con la documentación.
La aseguradora
A nuestra propia compañía debemos dirigirnos para reclamar los daños materiales derivados del accidente, ya que como hemos visto el Consorcio no se hace responsable de los mismos (salvo excepciones).
Por otra parte, debemos acudir a ella cuando, habiendo demostrado que el accidente no es culpa nuestra, además se han recabado pruebas suficientes para responsabilizar a un tercero concreto (por vía policial, gracias a testigos…). Será la aseguradora del conductor fugado quien deba responder por los daños causados por el mismo.
¿Y si finalmente aparece el conductor fugado?
Puede darse el caso de que hayamos presentado toda la documentación ante el Consorcio y ante nuestra aseguradora y finalmente aparezca el conductor responsable del accidente. En este caso, puedes demandarle, existiendo diversas opciones al respecto:
- Si hay daños materiales, puedes demandarle por la vía civil. El plazo para interponer la demanda civil por daños materiales es de un año desde que tuvo lugar el siniestro. En este caso hablamos de cualquier perjuicio económico que sufras como consecuencia del accidente: daños del vehículo, gastos, lucro cesante, daño emergente…
- Si hay daños personales, puedes demandarle por la vía civil o por la vía penal. Esta segunda vía solo es para aquellos casos en los que hay un ilícito penal, es decir, alcoholemia, drogas, conducción temeraria… El plazo para interponer la demanda es de seis meses desde que tuvo lugar el siniestro. Aquí hablamos de cualquier lesión físicas y/o psicológica derivada del accidente, cuya valoración corresponde a un perito médico especialista en daños corporales.