Cada vez hay más políticas e iniciativas para impulsar tanto el uso de energías renovables para la producción energética como de los vehículos eléctricos. En este contexto, las empresas también deben cumplir una serie de obligaciones, como tener a partir del 1 de enero de 2023 puntos de recarga de coches eléctricos en sus aparcamientos interiores o exteriores, si cuentan con más de 20 plazas.
La normativa de obligado cumplimiento se recoge en el Real Decreto 29/2021, de 21 de diciembre, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 22 de diciembre. Y afecta no solo a empresas, también a todo tipo de edificios que no son de uso residencial privado.
En esta clasificación entran, por lo tanto, edificios de oficinas, centros deportivos, supermercados, fábricas o centros médicos como hospitales. Teniendo esto en cuenta, estas son las nuevas normas que deben cumplir las empresas en lo que se refiere a la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en sus aparcamientos.
Instalación de puntos de recarga en parkings de edificios no residenciales
Según recoge el Real Decreto 29/2021, de 21 de diciembre, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 22 de diciembre, estos son los puntos de recarga que debe haber en los aparcamientos de empresas o edificios no residenciales desde el 1 de enero del año que viene.
Puntos de recarga en aparcamientos
Las empresas deben tener un punto de recarga si el aparcamiento tiene de 20 a 40 plazas; y un punto más por cada 40 plazas. El texto aprobado por el Gobierno también obliga a las compañías a instalar un punto de recarga extra por cada 100 si superan las 1.000 plazas de parking.
Puntos de recarga en empresas de suministro de combustibles y carburantes
De la misma manera, el texto legal obliga a las empresas de suministro de combustibles y carburantes con un volumen de ventas de más de 10 millones de litros en 2019 a instalar una infraestructura de recarga de coches eléctricos igual o superior a los 150 kW de potencia en corriente continua. Este es el tipo de corriente admitido por las baterías de los vehículos enchufables, ya sean eléctricos o híbridos. El plazo dado por el RD 29/2021 para ello es febrero de 2023.
Mientras tanto, para las estaciones que tuvieron un volumen de ventas de entre 5 y 10 millones de euros en 2019, la potencia de carga mínima en sus puntos será de 50 kW. El tiempo máximo para acometer las obras necesarias será de 6 meses, finalizará en el mes de agosto de 2023.
Paquete de ayudas del Plan MOVES 2021
Los puntos de recarga de coches eléctricos en España (según ANFAC, en la actualidad hay más de 11.000) son necesarios no solo para vehículos particulares, también para el mantenimiento, por ejemplo, de flotas de coches de empresa (coches, taxis, autobuses o camiones). En este sentido, las empresas tienen una serie de ayudas económicas para su desarrollo, como el Plan MOVES 2021, también llamado Plan MOVES III.
Las medidas que incluye el plan tienen el propósito de facilitar la compra de coches eléctricos y la instalación de puntos de recarga. Su dotación inicial es de 400 millones de euros y pretende, como objetivo principal, que se alcance un parque eléctrico de 250.000 coches y un total de 100.000 puntos de recargar. Es decir, casi multiplicar por diez los que hay a día de hoy repartidos por la geografía española.
¿Cuáles son las ayudas del Plan MOVES 2021, parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España?
Ayudas a la adquisición de vehículos eléctricos enchufables por empresas
En primera instancia, plantea ayudas para las empresas (pequeñas, medianas y grandes) que quieran comprar vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible. Las cuantías económicas oscilan de los 750 euros hasta los 5.000 euros.
Ayudas a la instalación de infraestructuras de recarga de coches eléctricos
En segundo lugar, el Plan MOVES III también contempla ayudas a la instalación de infraestructuras de recarga de coches eléctricos para empresas que tengan puntos de recarga de acceso público con una potencia igual o superior a los 50 kW, o tanto públicos como privados con potencia igual o superior a los 50 kW.
Para el primer caso, los porcentajes de coste subvencionable son los siguientes para una localización general:
- 35% para grandes empresas.
- 45% para medianas empresas.
- 65% para medianas empresas.
Los porcentajes para las infraestructuras de recarga en empresas ubicadas en municipios de menos de 5.000 habitantes son:
- 40% para grandes empresas.
- 50% para medianas empresas.
- 60% para medianas empresas.
Finalmente, las ayudas serán del 30% de coste subvencionable para puntos de recarga de acceso público o privado de una potencia igual o superior a 50 kW en localización general; y del 40% en municipios de menos de 5.000 habitantes.
¿Se puede vincular un punto de recarga a una instalación fotovoltaica?
Aparte de la información proporcionada hasta ahora, y debido a que desde las Administraciones Públicas se impulsa la generación de energía fotovoltaica con ayudas y subvenciones estatales, autonómicas y también municipales, cabe preguntarse si es posible vincular los puntos de recarga de coches eléctricos a una instalación fotovoltaica.
La respuesta es que en la actualidad sí es posible que los puntos de recarga de vehículos eléctricos se vinculen a paneles solares. De hecho, es un paso más allá en la actual presencia de electrolineras, que son estaciones de servicio dotadas de puntos de recarga para vehículos eléctricos.
Conocidas como fotolineras o electrolineras solares, son estaciones de recarga para vehículos eléctricos o híbridos en los que la energía eléctrica proviene de las placas solares instaladas en el techo de la estación de servicio.
Por lo tanto, esta es una opción que tienen las empresas o edificios no residenciales para equipar los puntos de recarga obligatorios en sus aparcamientos desde el próximo 1 de enero de 2023.