Seguro que en alguna ocasión has formado parte de una disputa de tráfico, disputa que como norma general tiene su comienzo con la infracción o «pirula» de una de las partes implicadas y que continúa con la indignación del otro conductor.
A pesar de que estas disputas suelen acabar en un cabreo monumental, lo cierto es que no es la primer vez que nos preguntan si un conductor anónimo o usuario de la vía puede efectuar una denuncia similar a la que realizan los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado ante una infracción.
La respuesta es sí, aunque ojo, porque es algo complejo y suele no llegar a buen puerto y menos cuando los denunciados son Agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado…
Si nos remitimos a los textos legales, la ley contempla que cualquier conductor o usuario de la vía puede denunciar a otro si es testigo de una infracción en la carretera, sin embargo, la desidia, la complejidad, la falta de tiempo y el miedo a las posibles represalias agotan esta vía antes de que se nos pase por la cabeza.
¿Te puede denunciar alguien más aparte de un agente de la policía?
Por supuesto, puede denunciar más gente aparte de un agente de policía. En primer lugar, puede denunciar cualquier Agente de la Autoridad que esté en el ejercicio de sus funciones, contando en este caso con el principio de presunción de veracidad, por lo que, se entiende cierto lo denunciado, sin mucha más prueba que su palabra -salvo sanciones por exceso de velocidad o alcoholemia que deben apoyarse de prueba de cinemómetro o alcoholímetro, entre otras cosas para proceder a la graduación de la sanción-.
En estos casos, la carga de la prueba que demuestre que no se ha cometido la infracción, recae sobre el propio administrado quien tendrá que aportar prueba suficiente que demuestre la no comisión de la infracción. Como puedes ver, se trata de un supuesto en el que se habla de “la palabra de uno contra la del otro”.
Por otro lado, también puede denunciar la comisión de una infracción de tráfico, todo aquél que sea testigo y observe la comisión de cualquier infracción de tráfico. En este caso, dicha denuncia no contaría con la presunción de veracidad, por lo que, podrá ser rebatida por el sancionado con los diferentes medios de prueba legalmente recogidos y, por supuesto, con la ventaja de que lo denunciado no se presume cierto a falta de prueba en contrario como ocurriría en el supuesto anterior, por lo que, la carga de la prueba recaería principalmente en el denunciante, estando el denunciado en una condición más favorable a la hora de recurrir la sanción.
En ambos casos, los plazos para presentar alegaciones y el oportuno recurso son los mismos al igual que las garantías que deben respetarse en la tramitación del proceso, para que los derechos del sancionado siempre sean salvaguardados y en ningún caso, nos encontremos ante una situación de indefensión.
Si le echamos un ojo al Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico nos encontraremos con que cualquier persona puede efectuar denuncias en materia de tráfico al igual que los agentes siempre que los hechos puedan constituir infracciones a los preceptos del texto articulado de la ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial o de sus Reglamentos.
¿Qué situaciones se pueden denunciar?
Al igual que la ley dice que cualquier persona tiene la capacidad de denunciar, es la misma ley la que no pone límites a los hechos que se pueden denunciar por lo que c por cualquier usuario de la vía -desde un mal estacionamiento a una práctica temeraria-.
¿Qué pasos hay que seguir para denunciar a otro conductor por una infracción de tráfico?
Esta denuncia se formulará ante la autoridad de tráfico competente en el lugar del suceso -Policía Local, Guardia Civil de Tráfico, Mossos, etc…- e irá acompañada de los datos personales del denunciante.
Para que la denuncia llegue a buen puerto la misma debe contar con el mayor número de pruebas posibles que demuestren la infracción. Esto no sólo se reduce a la fecha hora y lugar del suceso, sino a todos los datos del vehículo -matrícula, color, modelo…- y, a ser posibles los del conductor. Si se disponen de imágenes o vídeos del suceso contaremos con más apoyo para que la denuncia prospere.
¿Qué posibilidades hay de que la denuncia prospere?
Si la autoridad así lo estima, justo después de la presentación de la denuncia y las posibles pruebas se iniciará un expediente sancionador en materia de tráfico que terminará con la comunicación de los hechos al supuesto infractor que tendrá un periodo de alegaciones igual al que encontraremos en los recursos de multas.
Si una vez recibida la notificación de tráfico el denunciado no efectúa ninguna alegación se darán por ciertos los hechos y se dará por aceptada la denuncia. Si por el contrario se efectúan alegaciones, el denunciante deberá rebatir y contestar al infractor nuevamente. Tal y como puedes ver, aquí las pruebas juegan un papel vital porque si no las tenemos será «nuestra palabra contra la suya».
¿Cómo suelen acabar este tipo de denuncias hacia otros conductores?
Como norma general, esta clase de denuncias y expedientes no suelen llegar a buen puerto. En primer lugar porque no son muy comunes debido a que la gente no suele perder el tiempo de esta forma. Por otra parte, en la mayoría de ocasiones la multa no termina de hacerse efectiva debido a la falta de pruebas -no olvides que al no presumir con presunción de veracidad, tu mera palabra no vale-.
¿Se puede denunciar a un agente de la policía o de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado?
Si la infracción ha sido cometida por un agente de los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado la cosa se complica bastante debido a que la citada presunción de veracidad hará que su testimonio o el de alguno de sus compañeros agentes anule tus palabras -salvo que tengas pruebas contundentes además de la fecha, la hora, el lugar, la matrícula del vehículo oficial y si se puede, el número de placa del conductor-.
Como puedes ver, cualquier usuario de la vía pública, ya sea conductor o no puede efectuar una denuncia hacia otro conductor ante la visualización de una infracción de tráfico, sin embargo, si la conducta punible no ha sido documentada y puede probase su veracidad, lo cierto es que no servirá de nada al no contar con la presunción de veracidad.
Este contenido ha sido supervisado por los abogados especialistas en materia de Tráfico y seguridad vial de Legálitas.
Hay cada h d p suelto…
Y si los hechos están grabados con una cámara de vídeo, son legales?gracias.
Verias como se iban al carril derecho despues de adelantar…ese que en Madrid no se usa nada mas que pasa salir o pasar al del medio…
si se puede pero la denuncia no tiene la misma validez que la de un agente de la autoridad, a mi un tio me denuncio por que decia que le encerre con el camion, me pararon los mossos de escuadra y me miraron todo, y alfinal me dieron un papel como que otra persona me denuncio por una presunta infraccion, era una denuncia que cuando se recurre automaticamente se quita o algo asi……, no recuerdo muy bien de que va la cosa…., solo lleve el papel a la cooperativa y me dijeron : OLVIDATE! si no la llevo pues eran 4 puntos eso si….
Se quita si la recurres y la persona que te denunció no se ratifica en la su denuncia inicial,si lo deja pasar se archiva,pero si la otra persona se ratifica….Tienes que pagar y/o meterte en un contencioso.
Eso seria, por suerte no ratifico…, y pude seguir con mi feliz vida y aquell con su amargada vida jejejjee, joder diciendole yo al mosso si querian que le sacara el seguro por si le habia rozado o algo de los ladridos que pegaba el tio jajaja, pa que le indemnizaran del cabreo alomejor o algo jejejeje
Si las cámaras fueran obligatorias en los coches…
Si me descontaran impuestos ya ves que sí me ponía a denunciar. Y les iba a hacer de oro. Solo con los que no saben circular por la derecha…
Desgraciadamente, yo tengo que denunciar constantemente a otros conductores y recurrir constantemente a la Policía Municipal de mi ciudad, ya que la calle por la que se entra y se sale del garaje del edificio donde vivo está constantemente plagada de coches y furgonetas aparcados en doble fila, los cuales dificultan enormemente la entrada y salida del garaje de mi edificio. Y por ello, he recibido amenazas de algunos de esos conductores, incluso de muerte en algún caso.